26 de abril de 2024

La DGT facilita la retirada de 20.000 vehículos abandonados en recintos privados y aparcamientos públicos

MADRID, 10 (SERVIMEDIA)

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una nueva instrucción que facilita la destrucción y descontaminación de los más de 20.000 vehículos que se cree que actualmente están abandonados en recintos privados y aparcamientos públicos.

Esa instrucción supone una reinterpretación del artículo 106 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, según apuntó este lunes Susana Gómez, subdirectora adjunta de Vehículos de la DGT, en declaraciones a los periodistas durante la presentación de una nueva campaña relacionada con las condiciones de los vehículos.

«Actualmente, los vehículos abandonados en las vías públicas ascienden a 50.000 al año y aquellos que son abandonados en aparcamientos públicos, depósitos o talleres porque han sido averiados y sus titulares no quieren asumir el coste de la reparación asciende a 6.000 al año», indicó Gómez.

Con la nueva interpretación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la DGT establece un procedimiento administrativo ágil para que los vehículos abandonados en recintos privados puedan llevarse a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su desguace y descontaminación.

Según Tráfico, en la actualidad puede haber 20.000 vehículos abandonados en recintos como aparcamientos de centros comerciales, urbanizaciones privadas, garajes privados, comunidades de propietarios aparcamientos de hoteles, etc. A partir de ahora, los propietarios de estos lugares ya no tendrán que acudir a la vía civil y podrán acogerse a un procedimiento administrativo más ágil.

Así, la DGT amplía los supuestos en los que se puede ordenar el traslado de un vehículo a un centro de desguace para su posterior destrucción y descontaminación, como el abandono en recintos privados. En este caso, la Administración advertirá al titular del vehículo de que su coche irá a un centro automatizado de tratamiento si no lo retira en el plazo de un mes.

Quizás también te interese:  Las ventas de coches en España caerán este año un 3%, según Anfac

En el caso de que el vehículo objeto de tratamiento residual por abandono se encuentre en condiciones para un uso ordinario, la instrucción establece la posibilidad de que la autoridad competente sustituya el tratamiento residual por su adjudicación a los servicios de vigilancia del tráfico, previa autorización del jefe provincial de Tráfico.

La instrucción contempla tanto las acciones a desarrollar como las obligaciones que se deben cumplir en caso de que el abandono del vehículo se dé en aparcamientos públicos o recintos privados como comunidades de propietarios, aparcamientos de supermercados, centros comerciales, aeropuertos o talleres y este no se encuentre ni averiado ni accidentado.

Para evitar un mal uso de esta figura, la instrucción prevé un refuerzo en cuanto a la exigencia de documentación que deberá aportar el solicitante en caso de recintos privados (certificado del administrador, acta notarial, fotografías…).